Las unidades familiares podrán solicitar la Renta Mínima de Inserción Social siempre que cumplan lo establecido en su regulación.

Se entiende por unidad familiar la constituida por la persona solicitante, que de limitarse a la misma, se considerará una unidad familiar unipersonal.

Son unidades familiares pluripersonales las familias cuyos individuos están unidos por un vínculo de parentesco  hasta el primer grado de consanguinidad, así como el cónyuge, pareja de hecho inscrita o relación análoga.