El procedimiento se iniciará siempre a instancia de la persona interesada. La presentación de la solicitud se dirigirá a la Delegación Territorial de la provincia del solicitante.
La Delegación Territorial es el órgano encargado de su instrucción y resolución de la solicitud.
Salvo expresa oposición de un miembro de la unidad familiar, el órgano instructor realizará actuaciones de comprobación que resulten necesarias para verificar la información facilitada.
El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses.
Transcurrido el plazo para resolver sin haberse dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada.
La resolución del procedimiento se notificará:
- Mediante notificación certificada.
- De manera subsidiaria, a través de su publicación en el tablón edictal.